CAPITULO III - RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS



RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS

DEFINICIÓN: Conjunto de operaciones  de verificaciones y control de una institución debe realizar para la admisión de los  documentos que son remitidos  por una persona natural o jurídica.


MARCO NORMATIVO


CONSTITUCIÓN POLÍTICA  
Artículo 15. Párrafo3: la correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Solo pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos  y con las formalidades que establezca la ley

DECRETO 2150 DE 1995.
Articulo 1,11 Y 32: Supresión de autenticación de los documentos originales y uso de sellos ventanilla única

ARTICULO AGN 060 DE 2012.
Artículo 3, 5, 8, 10,11 y 12: Sobre las unidades de correspondencia, radicación y control de las comunicaciones recibidas y enviadas.


ACTIVIDADES

Recepción de documentos: se debe verificar que estén completos que correspondan a lo anunciado y sean competencia de la entidad para efectos de su radicación y Registro con el propósito de dar inicio a los trámites correspondientes.
Fax, correo electrónico y cualquier otro medio que se desarrolle para tal fin de acuerdo con los  avances tecnológicos en cada entidad y deben estar regulados en los manuales de procedimientos.

En este proceso se pueden identificar las siguientes actividades:

·         Identificación de medios de recepción: mensajería, fax correo tradicional, correo electrónico, pagina web, otros
·         Recibo de documentos oficiales.
·         Verificación y confrontación de folios. Copias, anexos firmas.
·         Constancia recibido (sello, reloj radicador)

      1.    RADICACIÓN DE DOCUMENTOS:

·         Asignación de un numero consecutivo a los documentos en los términos establecidos en el artículo 2 del Acuerdo AGN 060 de 2001, dejando constancia de la fecha y hora de recibido o envío.
·         Impresión de rotulo y radicación.
·         Registro impreso de planillas de radicación y control.

     2.    REGISTRO DE DOCUMENTOS:

·         Recibido de documentos oficiales.
·         Verificación y confrontación de folios, copias, anexos, firmas
·         Consecuencia de recibo
·         Asignación de datos conforme al artículo 2 del Acuerdo AGN 060 de 2001, tales como: Nombre de persona  y / o Entidad Remitente o destinataria, Nombre del funcionario responsable del trámite, anexos y tiempo de respuesta (si lo amerita),entre otros
·         Conformación de consecutivo de comunicaciones oficiales despachadas
·         Establecimiento de controles de respuesta a partir dela interrelación de documentos recibidos y enviados.

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